Cap. XI
Del Gerente General
ARTÍCULO 38.- Las funciones ejecutivas de la administración del Mercado, estarán a cargo de un Gerente General nombrado por el Directorio de acuerdo con el artículo 28, inc. d) de este Estatuto y 270 de la Ley N°19.550.- El Gerente General deberá asistir a las sesiones de las asambleas y del Directorio, con voz pero sin voto.
ARTÍCULO 39.- El Gerente General representará al Mercado en todo lo relativo a sus relaciones con el personal administrativo y/o con el público, con instituciones afines, reguladores y demás entidades nacionales o extranjeras; quedando siempre el derecho del Directorio de reglamentar dichas atribuciones.
ARTÍCULO 40.- Corresponde al Gerente General las restantes obligaciones que se establezcan en los Reglamentos y las que determine el Directorio. El Directorio podrá reemplazar al Gerente General cuando lo estime necesario o conveniente.