Factura de Crédito Electrónica

Aspectos Generales y Características de la FCE

 

La FCE surge cuando una MiPyME es proveedora de una Empresa Grande y supera un monto específico en la factura.

A través de la FCE, se transforma crédito comercial en crédito financiero, generándose un título ejecutivo, el cual puede negociarse en el Mercado de Capitales.

La negociación en MAV aplica tanto para aquellas FCE emitidas desde el entorno del Agente de Depósito Colectivo como para aquellas FCE emitidas desde el Sistema de Circulación Abierta de BCRA.

El listado de Empresas Grandes obligadas al régimen de FCE es publicado por AFIP en su micrositio de consulta (http://www.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica).

Hasta la aceptación por parte de la Empresa Grande, la MiPyME puede modificar libremente el entorno elegido, es decir, entre el Agente de Depósito Colectivo y el Sistema de Circulación Abierta.

Las FCE se pueden emitir en pesos o en moneda extranjera (USD, Euros, Reales, etc.). La liquidación de la negociación en el Mercado de Capitales, como también el pago al vencimiento, se realiza siempre en Pesos y al tipo de cambio BNA Vendedor Billete (según corresponda a la moneda elegida)

La FCE, una vez aceptada por la Empresa Grande, queda conformada de forma irrevocable, incluyendo una fecha cierta de vencimiento que es inmodificable.

El valor que se descuenta es neto de notas de débito, crédito, percepciones y retenciones impositivas.

La subasta es el mecanismo de negociación del lote (una o un conjunto de FCE de un mismo deudor cedido), y se realiza mediante la plataforma de negociación del MAV.

Los montos mínimos son actualizables por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (SEPyME) y publicados por AFIP en el micrositio mencionado previamente.

BENEFICIOS 

La FCE tiene una fecha cierta de pago y permite que la MiPyME pueda adelantar su cobro a través de la negociación en el Mercado de Capitales.

Abre la posibilidad a todas las MiPyMEs para que se financien de forma ágil y sencilla en MAV.

Definición amplia de MiPyME. Toda aquella empresa que no está definida como Empresa Grande, podrá considerarse MiPyME para la FCE en particular. Incluye también a personas humanas emisoras de FCE.

La MiPyME se financia al perfil crediticio de la Empresa Grande obligada al pago. Además, al negociar la factura, la MiPyME ya no va a tener deuda contingente, con lo cual disminuye riesgos y mejora también la posición de su balance.

 

La MiPyME no es responsable solidaria de la FCE, solo la Empresa Grande es el deudor obligado.

Las MiPyMEs acceden a financiamiento simple y con menores costos mediante el Mercado de Capitales para crecer, tener mayor liquidez y ser más competitivas.

Las FCE MiPyME que se negocien en MAV les será aplicable el tratamiento impositivo correspondiente a los valores negociables con oferta pública.

Proceso  end-to-end digital e inmediato.

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