Factura de Crédito Electrónica
Aspectos Generales y Características de la FCE
• La FCE surge cuando una MiPyME es proveedora de una Empresa Grande y supera un monto específico en la factura.
• A través de la FCE, se transforma crédito comercial en crédito financiero, generándose un título ejecutivo, el cual puede negociarse en el Mercado de Capitales.
• La negociación en MAV aplica tanto para aquellas FCE emitidas desde el entorno del Agente de Depósito Colectivo como para aquellas FCE emitidas desde el Sistema de Circulación Abierta de BCRA.
• El listado de Empresas Grandes obligadas al régimen de FCE es publicado por AFIP en su micrositio de consulta (http://www.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica).
• Hasta la aceptación por parte de la Empresa Grande, la MiPyME puede modificar libremente el entorno elegido, es decir, entre el Agente de Depósito Colectivo y el Sistema de Circulación Abierta.
• Las FCE se pueden emitir en pesos o en moneda extranjera (USD, Euros, Reales, etc.). La liquidación de la negociación en el Mercado de Capitales, como también el pago al vencimiento, se realiza siempre en Pesos y al tipo de cambio BNA Vendedor Billete (según corresponda a la moneda elegida).
• La FCE, una vez aceptada por la Empresa Grande, queda conformada de forma irrevocable, incluyendo una fecha cierta de vencimiento que es inmodificable.
• El valor que se descuenta es neto de notas de débito, crédito, percepciones y retenciones impositivas.
• La subasta es el mecanismo de negociación del lote (una o un conjunto de FCE de un mismo deudor cedido), y se realiza mediante la plataforma de negociación del MAV.
• Los montos mínimos son actualizables por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (SEPyME) y publicados por AFIP en el micrositio mencionado previamente.

BENEFICIOS
• La FCE tiene una fecha cierta de pago y permite que la MiPyME pueda adelantar su cobro a través de la negociación en el Mercado de Capitales.
• Abre la posibilidad a todas las MiPyMEs para que se financien de forma ágil y sencilla en MAV.
• Definición amplia de MiPyME. Toda aquella empresa que no está definida como Empresa Grande, podrá considerarse MiPyME para la FCE en particular. Incluye también a personas humanas emisoras de FCE.
• La MiPyME se financia al perfil crediticio de la Empresa Grande obligada al pago. Además, al negociar la factura, la MiPyME ya no va a tener deuda contingente, con lo cual disminuye riesgos y mejora también la posición de su balance.
• La MiPyME no es responsable solidaria de la FCE, solo la Empresa Grande es el deudor obligado.
• Las MiPyMEs acceden a financiamiento simple y con menores costos mediante el Mercado de Capitales para crecer, tener mayor liquidez y ser más competitivas.
• Las FCE MiPyME que se negocien en MAV les será aplicable el tratamiento impositivo correspondiente a los valores negociables con oferta pública.
• Proceso end-to-end digital e inmediato.
